miércoles, 24 de septiembre de 2014

Inferioridad constitucional


*Isaac Villamizar
La constitución norma la vida del Estado. Por eso es la ley fundamental, ley de leyes. Todas las leyes orgánicas, especiales y ordinarias que regulan la estructura, funcionamiento e interrelación del Estado y de sus órganos del Poder Público deben y tienen que ser cónsonas con esa norma suprema. La Constitución actual entró en vigencia como manifestación de la voluntad del pueblo, expresada como poder constituyente originario en el referendo aprobatorio del 15 de diciembre de 1999. El principio de la superlegalidad constitucional deriva, en consecuencia, de considerar la Constitución como norma jurídica de la organización del Estado que fija los preceptos básicos a los cuales está subordinado todo el ordenamiento jurídico.
En la propia Constitución está formalmente expresado el principio de la supremacía constitucional en su Artículo 7. Todas las personas y órganos del Poder Público están sujetos a ella. Esto significa que la Constitución prevalece sobre la voluntad de los órganos constituidos del Estado, incluyendo el Ejecutivo Nacional, la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo de Justicia, por lo que su modificación sólo puede llevarse a cabo conforme se dispone en su propio texto, como expresión e imposición de la voluntad popular producto de ese poder originario. El ciudadano tiene el derecho constitucional, en un Estado Constitucional, a que se respete el principio fundamental de la supremacía constitucional.
Este principio de supremacía del texto fundamental está asegurado concretamente al disponerse la necesaria e indispensable intervención del pueblo para efectuar cambios en la Constitución mediante tres procedimientos diferentes: La Reforma Constitucional, la Enmienda Constitucional y la Asamblea Nacional Constituyente. Todos están regulados en la Carta Magna, con la debida participación de la voluntad popular para su iniciativa y aprobación. No existe en el texto constitucional “poder constituyente derivado” alguno para cambiar la Constitución. Por otra parte, también en la Constitución está previsto un sistema de justicia constitucional para garantizar dicha supremacía, su inviolabilidad e integridad. En su Título VIII se contempla la garantía de la Constitución. Allí se contempla que la Sala Constitucional tiene su correspondiente competencia para ejercer el control concentrado de la constitucionalidad, que puede ser previo o posterior. Pero también existe el control extraordinario o acción de amparo que ofrece la tutela judicial de los derechos humanos reconocidos implícita o expresamente en la Carta Magna. Igualmente se eleva a rango constitucional el control difuso del texto fundamental, a través del cual corresponde a todos los jueces de la República, aún de oficio, asegurar la integridad de la Constitución.
De tal manera que el Ejecutivo Nacional, ni siquiera por Decreto Ley, puede cambiar el texto y espíritu constitucional. Tampoco puede hacerlo la Asamblea Nacional, sancionando leyes orgánicas, especiales u ordinarias, alterando la estructura del Poder Público contemplado en la Constitución, ni creando entidades político-territoriales que no existen en el texto básico, trastocando el alcance de la verdadera democracia participativa. Mucho menos la Sala Constitucional, que se supone tiene la tarea de garantizar la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, y que es el máximo y último intérprete de la Constitución, para velar por la uniformidad de su aplicación (Art 335), puede desarrollar un proceso de mutación ilegítima de la Constitución, mediante sentencias de dudoso carácter interpretativo, o legitimando decisiones inconstitucionales de otros órganos del Estado, usurpando así el poder constituyente originario. Corresponderá al ciudadano integrante de la soberanía popular, seguir defendiendo su derecho inalienable a que se rescate la supremacía de un texto que, en la realidad de la vida nacional, ha perdido su vigencia.
*Profesor de Postgrado en Derecho Constitucional

sábado, 20 de septiembre de 2014

El mundo es un aula virtual

Isaac Villamizar
Parece que el mundo se ha convertido en una inmensa aula virtual. Y nosotros, los educadores, nos corresponde entenderla, administrarla y hacerla realidad con nuestros participantes. La virtualidad cubre todas las áreas del conocimiento. Influye en las actitudes y en los aprendizajes. La información y contenidos, en este ambiente, se crea, moviliza, almacena, recupera y renueva permanentemente. Esta información es ubicable desde cualquier equipo y lugar, en ambientes formales e informales.

Con estos retos no podemos sino esperar que tan extraordinarias herramientas puedan sernos tan útiles, necesarias y favorables en la difusión del conocimiento en cualquier proceso de enseñanza-aprendizaje. Por lo demás, como multiplicadores de estos instrumentos, la propia universidad se reinventa y propicia la apertura de un mundo de posibilidades.

En un ambiente virtual de aprendizaje el entorno está mediado por la tecnología, lo que transforma la relación educativa. En este escenario virtual la acción tecnológica facilita la comunicación y el procesamiento, la gestión y la distribución de la información, agregando a la relación educativa nuevas y amplias posibilidades para el aprendizaje. En la educación virtual se representan en forma digital los procesos y los objetos asociados a la relación enseñanza-aprendizaje, a la investigación  y gestión. El usuario puede manipular los objetos con el soporte de Internet. Los participantes pueden estar en el mismo espacio o en espacios diferentes; pueden interactuar con sincronía, es decir, en tiempo real, o con comunicación asincrónica o diferida, es decir, en tiempos diferentes. Como se puede apreciar, los entornos virtuales de aprendizaje son instrumentos de mediación que posibilitan interacciones entre los sujetos aprendices y median la relación de  éstos con el conocimiento, con el mundo, con la gente y consigo mismos.

Un aula virtual facilita las posibilidades de acceso a material digital e hipertextual. Particularmente, se disponen materiales didácticos múltiples como textos, imágenes, videos, audios, animaciones, simulaciones, software, hipertextos, hipermedios, glosarios, entre otros. En la educación virtual el estudiante tiene libertad para orientar su acción, pues amplía su concepción del qué, dónde y con quiénes se puede y es necesario aprender. En el aula virtual se aprende con la tecnología y se aprende de la tecnología. Esta relación con la tecnología también genera efectos cognitivos, porque hasta se modifican las estrategias de pensamiento, sus formas de representación, las estrategias de metacognición, la cosmovisión y ciertas habilidades de procesamiento y conocimiento de la información, apoyando y organizando el proceso de aprendizaje.

La educación actual y de calidad afronta múltiples retos. Uno de ellos es seguir dando respuestas efectivas a los profundos cambios sociales, económicos y culturales que ya vive la sociedad de la información. El mundo virtual genera un enorme interés en todos los ámbitos del quehacer humano. Su utilización con fines educativos, sin duda, continúa siendo un campo abierto a la reflexión y a la investigación.

La universidad de plenitud

Isaac Villamizar
Tenemos una sociedad en vertiginosa aceleración con los cambios científicos y tecnológicos. La globalización es un paradigma que se mantiene, con el conocimiento surcando las redes de manera síncrona y asíncrona. Varias organizaciones tradicionales transmutan hacia organizaciones digitales. La generación, manejo y difusión del saber potencia la productividad y el poder. En fin, la mente humana, el intelecto, la creatividad, son fuerzas productivas directas.

A pesar de lo anterior el contrato social se debilita, los derechos humanos son vulnerados aún, la justicia social y la solidaridad están mediatizados por intereses nada éticos. Los países en desarrollo no salen de la pobreza. Pero debe haber un catalizador, un agente social, que transforme la amenaza en confianza, la crisis en crecimiento, la marginación en participación activa, los paliativos económicos en prometedor desarrollo integral, la pobreza dolorosa en bienestar biopsicosocial. Uno de esos actores es la universidad. Porque la educación debe convertir a este humano angustiado en portador de plenitud, en un ser trascendente y renovador. No hay otra. La universidad ante la complejidad de estos retos se inviste de una tremenda responsabilidad social. La universidad debe estar en capacidad de interpretar los problemas polifacéticos, con sus dimensiones sociales, económicas, políticas, científicas y culturales. Pero a la vez debe generar respuestas adecuadas para enfrentarlos. La universidad debe tomar un paso al frente para asumir el liderazgo social en materia de creación de conocimiento para abordar con éxito el insospechado futuro.

Pero la universidad no puede ofrecer educación como un bien negociable a intereses, sin una patria dispuesta a cambiar la cultura de los antivalores y en un contexto de permanente conflicto. La educación universitaria es un bien público de interés social, es un derecho fundamental del ciudadano y una obligación del Estado. Por ello, el propio Estado deber reconocer, apoyar, cooperar con la universidad en el logro de estos fines. Pero no puede ser una educación universitaria desprendida de calidad. Si se mide sólo cuantitativamente la incidencia universitaria y sus indicadores, están mal diseñados. El Estado no puede evaluar sus resultados en el sistema universitario únicamente con la expansión de la matrícula y el inventario de los diplomas.

Es urgente que la educación universitaria ofrezca respuestas oportunas y de calidad a las exigencias de esta sociedad emergente, a las demandas del sector productivo, a las ineludibles imposiciones de la realidad científica-tecnológica. Es insoslayable que la educación universitaria coadyuve en la edificación de caminos de sana convivencia, de rutas hacia el respeto absoluto de la solemne dignidad de la persona humana y a su realización absoluta, con preeminencia sobre cualquier otro valor social.  El destino del mundo está asegurado en una universidad con este perfil, en una universidad donde haya diálogo ruidoso, en el que los universitarios se permitan la construcción de pareceres diferentes, donde se respete la institución como espejo crítico de la sociedad y del propio Estado. La universidad sólo estará en ese liderazgo cuando el conocimiento sea exigente, inacabado y pleno de sentido. Si la universidad de calidad está presente permanentemente en debates públicos, brinda servicios pertinentes a la sociedad, es consultada y participa en el manejo de los desafíos, será la verdadera líder de la transformación y plenitud.