domingo, 5 de febrero de 2012

Abogados deben saber escribir



Isaac Villamizar
Un Abogado trabaja con la palabra. Lo hace con la palabra escrita y oral. Incluso, en el proceso oral, se vale del lenguaje gestual. Por lo tanto, un abogado que no sepa escribir correctamente encontrará dificultades en su desempeño. Tan sencillo que no podrá expresar, convincentemente, los argumentos que sustentan la defensa o los intereses y derechos de sus representados.
El abogado, como persona y como profesional, debe ser un maestro en el campo de la palabra y de la acción. El es un analista de palabras y conductas que se ofrecen en una situación de conflicto en el debate judicial. Es un profesional que busca producir determinados efectos y elige palabras en la medida en que son instrumentos para la acción. La Técnica del Derecho consiste en el adecuado manejo de los medios que permiten alcanzar los fines de esta disciplina. Entre esos medios está el correcto uso del lenguaje técnico jurídico y la técnica legislativa, esto es, el arte de la elaboración de normas y leyes. La actividad intelectual del abogado se canaliza a través del razonamiento jurídico articulado con palabras. Entonces, el Derecho es en función de la lengua. Existe en y por la lengua. La ley surge con el lenguaje y como lenguaje. No puede existir independientemente de su enunciación lingüística, por ser condición necesaria de su existencia y aplicación. El lenguaje asoma por todos los intersticios, en las palabras de los contratantes, del testador, del testigo, del confesante, del fiscal, de la sentencia, del alegato, de la sustentación de la tesis o de la impugnación.
Un abogado, que se califique como bueno, debe dominar la gramática, es decir, el arte de conocer la teoría del lenguaje, construido sobre la observación y experimentación de los usos normales del idioma, sin olvidar que éste es una entidad dinámica. Un abogado debe ser diestro con las dos partes fundamentales de la gramática: la morfología y la sintaxis. En otras palabras, debe comprender, a la perfección, el estudio de las formas que ofrece la lengua y además su enlace o trabazón orgánica para la expresión de las ideas. En cuanto a la morfología, debe tener suficientes destrezas en la estructura de la palabra y la oración. Lo contrario sería presentar en sus escritos una expresión sin sentido. Debe, asimismo, poseer habilidades para coordinar y unir, acertadamente, las palabras para formar las oraciones y expresar conceptos.Además, aunque la ortografía no es parte de la gramática, pero constituye un complemento necesario e indisoluble de ella, el abogado debe ser un experto en observar las reglas referentes a la escritura correcta. La acentuación y los signos de puntuación deben ser pulcros en la escritura del Abogado. De no ser así, sus argumentos podrían terminar en gazapos.Entonces, para concluir, un Abogado que no sepa escribir, no podrá abogar por nada. Los Abogados, antes de señalar con la pluma acusadora a otros, deberíamos cuidarnos, con suma exigencia, en nuestro propio bagaje lingüístico.Ser honesto en el uso de la expresión refleja nuestra propia personalidad. No en vano Cervantes asintió: "Las honestas palabras dan indicio de la honestidad del que las pronuncia o las escribe."

Abogo




Isaac Villamizar
Abogo por el respeto, no por el miedo. Abogo por la confianza, no por la desesperanza. Abogo por la tranquilidad, no por la agitación. Abogo por la moderación, no por el exceso. Abogo por la honestidad, no por la trampa.
Abogo por la lealtad, no por la traición. Abogo por la idoneidad, no por la incompetencia. Abogo por la independencia, no por la sumisión. Abogo por la riqueza, no por la pobreza. Abogo por el prestigio, no por el descrédito. Abogo por el afecto, no por la antipatía.
Abogo por la transformación, no por el estancamiento. Abogo por la creación, no por la aniquilación. Abogo por la adjudicación, no por la expropiación. Abogo por lo fértil, no por lo árido. Abogo por la certeza, no por la duda. Abogo por el orden, no por la revolución.
Abogo por el estudio, no por la ignorancia. Abogo por la inteligencia, no por la torpeza. Abogo por la pluralidad, no por la uniformidad. Abogo por la sociedad, no por el desencuentro. Abogo por la perspectiva, no por lo caduco. Abogo por la cortesía, no por el ultraje. Abogo por la dignidad, no por la ignominia. Abogo por la responsabilidad, no por la impunidad. Abogo por la puntualidad, no por el descuido. Abogo por la alegría, no por el disgusto. Abogo por el arrojo, no por la pusilanimidad. Abogo por el servicio, no por la desatención. Abogo por la productividad, no por la pérdida.
Abogo por la mujer, no por la esclava. Abogo por el trabajo, no por la dádiva. Abogo por el apoyo, no por la zancadilla. Abogo por la asertividad, no por la negación. Abogo por la gente, no por la turba. Abogo por la moraleja, no por la burla. Abogo por la sencillez, no por la nimiedad. Abogo por la concordia, no por la discordia. Abogo por la lógica, no por lo absurdo. Abogo por la abundancia, no por la escasez. Abogo por la luz, no por las tinieblas. Abogo por la patria, no por el desierto. Abogo por el país, no por el extraño. Abogo por lo propio, no por lo foráneo.

Actuación jurídica de Carlos Escarrá



Isaac Villamizar
Como ser humano lamento la muerte de otro ser humano. “¡La vida pasa, rápida caravana! Detén tu montura y procura ser feliz”, nos aconseja el afamado poeta persa Omar Khayyam. En realidad, como afirma San Agustín, la vida feliz no puede ser otra que la eterna, porque allá no hay muchos días felices, sino uno solo.
Fui un crítico severo de la actuación como abogado y como jurista de Carlos Escarrá. Recuerdo que recién iniciada mi carrera profesional, hace 26 años, muchos colegas me ponderaban el conocimiento jurídico de Escarrá, quien era un reconocido catedrático universitario y luego incursionó en los máximos estrados judiciales. Amigos colegas comunes, con frecuencia, me contaban que le consultaban sobre casos y criterios jurídicos, especialmente en el campo del Derecho Administrativo. Posteriormente observé, con especial atención, su actuación en el Tribunal Supremo de Justicia, en la promoción de la propuesta de Reforma Constitucional y en la legislatura nacional. En estos campos - creo que al igual que muchos venezolanos - escrutaba sus opiniones, intervenciones y dictámenes, repito, con gran rigurosidad. Ello porque quienes ejercemos funciones públicas estamos sometidos a la evaluación del colectivo. Además, cuando se ejerce un cargo de representación popular por elección, hay un principio insoslayable que orienta la actuación de cualquier funcionario público, como lo es el de la rendición de cuentas. La actuación en la gestión pública produce efectos no sólo en la esfera privada e intereses particulares de los administrados, sino también afecta un conglomerado que está en su derecho de exigir explicaciones de ese proceder. De tal manera que, muchas veces, no sólo como abogado, sino también como ciudadano, me preguntaba del por qué de algunos argumentos de Escarrá en esas instancias que, evidentemente, contrastaban con la legalidad y hasta con la justicia. La respuesta no puede encontrarse en otra dimensión que no sea la política. Pero me refiero a la política (en minúscula) que no se detiene en distorsionar lo que más bien debe asegurar: el bien común. Es la política que, lamentablemente, hace todo permisible. Por eso Bismarck asentaba que la política no es una ciencia exacta. La política acomoda a las circunstancias y las circunstancias acomodan a la política. Tal vez dista esta actuación de la Política (con mayúscula) estudiada por Aristóteles, para quien la esencia del hombre, su naturaleza fundamental, su expresión como ser humano está precisamente en su sentido gregario y en su disposición de convivencia, considerando incluso las jerarquías sociales. Eso es lo que yo entiendo por Alta Política. Sin embargo, creo que Escarrá, absorbido por una ideología, respetable, pero no compartida por todos, olvidó este camino del fin de la Política, y colocó el Derecho bajo las circunstancias moldeables de la política.
Cuando Escarrá intervino con denuedo, con pasión política y hasta con cierta irreverencia en la propuesta de Reforma Constitucional para defender los cambios de la Carta Magna, que lesionaban no sólo los postulados republicanos, el Estado de Derecho y los basamentos básicos de un sistema de normas supremas, y cuando desde la Asamblea Nacional, como Diputado, especialmente en el período legislativo anterior, favoreció de manera acérrima la promulgación de leyes evidentemente inconstitucionales que incorporaron de manera impropia al ordenamiento jurídico lo que los venezolanos habíamos rechazado en la Reforma Constitucional, no hizo otra cosa que supeditar los principios elementales del Derecho a esa política circunstancial. Y nótese que me refiero a principios, muy diferentes a los criterios, opiniones y juicios que se puedan tener como abogado, como intérprete de la ley y como magistrado. No es lo mismo principios que criterios. Los criterios devienen del estudio, del conocimiento, de los métodos de exégesis y hermenéutica jurídica. Los principios nos afirman en nuestra conciencia, nos someten al ojo implacable de la ética. Si nuestros principios controlan nuestras decisiones de hoy, con seguridad las de mañana se cuidarán ellas mismas. Es que los principios sólo se modifican cuando se practican con los hechos. Creo que Escarrá olvidó muchas veces esos principios jurídicos que en la cátedra universitaria, esa que el mismo dirigió, nos inculcaron cuando éramos aspirantes a ser cultores del Derecho. Tal vez, en pleno debate político, Escarrá se olvidó de aquellas máximas de Angel Ossorio, ex Decano del Colegio de Abogados de Madrid, inmortalizadas en su obra “El Alma de la Toga”, de obligada lectura para cualquier jurista estudioso: “No pases por encima de un estado de tu conciencia”; “Ten fe en la razón que es lo que en general prevalece”; “Pon la moral por encima de las leyes”; “Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que las de tu saber.” Escarrá, con su actuación jurídica, contribuyó a desmontar un Estado de Derecho, constitucional, democrático, y de libertad, hacia un Estado interventor, centralizado y autocrático. Que sea la historia futura la que valore las consecuencias de este proceder, apreciación que deberá estar desprovista de cualquier malsano resentimiento, impropio de almas dignas y nobles. Que sea la Divina Providencia la que juzgue su persona. Porque, al decir de Platón, “Dios es verdad y luz en la sombra.”

sábado, 29 de octubre de 2011

Ciego, sordo y mudo



Isaac Villamizar
Opinar y expresarnos, sin ser molestados por ello, es un derecho natural de todo individuo. Así lo contempla, desde 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La libertad de expresión implica también la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones de toda índole, por cualquier medio de comunicación que se elija. Tan fundamental libertad no puede ser restringida por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o por cualquier otro medio encaminado a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.
Estas disposiciones claras de la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, son tratados que se incorporaron como leyes internas de la República desde 1977 y 1978, respectivamente. Y así no les guste a las sentencias amañadas y acomodaticias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, estos tratados internacionales, por orden expresa de la Constitución, tienen su misma jerarquía, prevalecen en el orden interno y son de aplicación inmediata y directa por todos los órganos del Poder Público.
La Constitución del 99 incorporó una nuevo artículo, el 58, dentro de los relativos a la protección de la comunicación, Allí se reconoce que la comunicación es libre y plural. Y, asimismo, que toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial. En el caso de los medios audiovisuales, la imagen vale más que mil palabras. Cuando todos los televidentes en vivo y directo observamos un acontecimiento local, nacional o internacional, en el mismo momento en que está ocurriendo, simplemente los hechos y las tomas están hablando por sí mismas. Los protagonistas en este caso no son los medios televisivos, sino el suceso que ocurre y las personas que viven tal acontecimiento. Si el constituyente quiso resguardar el derecho a la información oportuna, es porque los ciudadanos requerimos enterarnos de eventos de manera inmediata, incluso para que los televidentes tomen sus propias precauciones, de ser el caso. La noticia, vista en imágenes, no se puede esconder hasta que el gobierno - que no permite el acceso a las fuentes oficiales - se le ocurra divulgarla.La Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, al igual que la Constitución, no permite la censura, ni previa, ni concomitante, ni posterior. Esta ley, tal como ella lo indica, debe ser interpretada y aplicada de acuerdo a los principios de libre expresión de ideas, opiniones y pensamientos, comunicación libre y plural y prohibición de censura. Ella establece la garantía del respeto a la libertad de información. Pero en Diciembre de 2010, entre gallos y medianoche, en sanción espuria, la Asamblea Nacional modificó la “Ley Resorteme”, para incluir el artículo 27, donde se prohíbe la difusión de mensajes que inciten el odio y la intolerancia, la apología del delito; que fomenten la zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público. Y le endosó a estos hechos la multa de hasta el 10 % de los ingresos brutos del ejercicio fiscal. Así se preparó el camino para convertirnos a los venezolanos en ciegos, sordos y mudos.

Quisiera bienestar espiritual




Isaac Villamizar
El Estado debe estar comprometido con el progreso integral que los venezolanos aspiran. Debe propender al desarrollo humano que permita una calidad de vida digna, aspecto que configura el concepto de verdadero Estado de Justicia. Concretamente, según la Constitución, el Estado tiene como fin esencial, entre otros, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo, utilizando para ello, como procesos fundamentales, la educación y el trabajo. Las universidades, con su labor de búsqueda del conocimiento, coadyuvan al beneficio espiritual y material de la Nación. Así también lo consagra la Carta Magna. Pero el Estado debe ser el principal impulsor en el encuentro de este bienestar, tal como sucede cuando se le impone la protección de la familia, como espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas.
El ser humano puede lograr su crecimiento personal fundamental con un balance en cinco dimensiones: el bienestar físico, el bienestar mental, el bienestar emocional, el bienestar espiritual y el bienestar social. El bienestar espiritual es la base para la función adecuada de los demás. Implica para el individuo la creencia de una fuerza unificadora, de un ser supremo. Para algunos, dicha fuerza será la naturaleza, para otros serán las leyes científicas, y para muchos cristianos será la fuerza divina de Dios. Pero junto a este concepto, la visión extensa de la prosperidad espiritual significa la habilidad para descubrir y articular un propósito personal en la vida. Es aprender cómo experimentar amor, disfrute, paz, sentido del logro o autorrealización. Las personas con un óptimo bienestar espiritual continuamente ayudan a otros a alcanzar su potencial máximo. Esto incluye las relaciones interpersonales, la orientación espiritual en la vida de cada individuo, la naturaleza del comportamiento humano, y la disposición y complacencia para servir.
Entonces, si el bienestar espiritual implica la formación de un estado espiritual, a partir de lo que creemos y lo que valoramos en la vida, se requiere que nuestra convicción sea firme en ciertos
valores. A través de la educación y el trabajo, asumiendo el Estado una actitud rectora, debemos
cambiar al venezolano. Debemos enraizar y fertilizar en él la belleza, la justicia, la verdad, la paz, la libertad, la ética, la benevolencia, la honestidad, la integridad, el logro. Quisiera, en consecuencia, para todos los venezolanos, la mayor prosperidad, felicidad, bienestar espiritual. Quisiera que los trataran con justicia. Quisiera que sus amigos y compañeros fueran leales. Quisiera que la gente no los embaucaran ni les hicieran trampa. Quisiera que las personas fueran imparciales al tratar con ellos. Quisiera que los ciudadanos fueran honestos y no engañaran a sus semejantes. Quisiera que los individuos los trataran con bondad y no con crueldad. Quisiera que los jefes mostraran control de sí mismos y no los maldijeran. Quisiera que los intolerables fueran capaces de perdonarlos y no se concretaran en su censura y castigo. Quisiera que los adversarios los respetaran y no los insultaran. Quisiera de todos los venezolanos amor, en vez de recibir de algunos, mezquindad y desprecio. Quisiera de todos un trato como aspiran a que se les trate.

sábado, 1 de octubre de 2011

Táchira: hay dos caminos


Isaac Villamizar
El Ministro de Energía y Petróleo anunció a los medios, con bombos y platillos, que desde el Táchira el país contaba ya con un sistema automatizado de despacho de combustible, para acabar con el contrabando de gasolina hacia Colombia. Como si fuera un avance de tecnología de punta, explicó que las 107 estaciones del Táchira contarán con antenas que registrarán la señal del código de barras de cada automóvil, verificándose de inmediato cuál es el cupo de combustible que corresponde a cada vehículo. En caso de que el operador cometa una equivocación y pulse el surtidor para echar más gasolina de la permitida, el sistema se paraliza de forma automática al límite establecido para cada vehículo.
Este sistema del chip es el más discriminatorio e inconstitucional trato que se nos ha dado a los tachirenses. Nos presume a todos como culpables del contrabando de gasolina, como delincuentes, como pimpineros vulgares, cuando aquí es vox populi que los delincuentes extractores del combustible son precisamente quienes están encargados por ley de evitar el contrabando, que en actitud corrupta se llevan varias gandolas todos los días a Colombia. Esto lo tiene que saber toda Venezuela. Aquí nos humillan, nos vejan, nos maltratan, no sólo obligándonos a hacer interminables colas de horas en las estaciones, sea con chip o sin él; sino también se nos maltrata cuando en la Aduana de San Antonio o en Ureña, si uno lleva el tanque lleno, le roban la mitad, dejando escaso combustible para llegar a San Cristóbal. Esto, Señor Ministro, no es ninguna novedad tecnológica. Esto es un atraso al Pleistoceno. Esto es una vulgar libreta de racionamiento cubana que nos impusieron a los tachirenses, por ser un Estado que, en las urnas electorales, no se entrega al hambrear del comunismo de este gobierno fracasado. Lo que más me indigna es que como pueblo los tachirenses no hemos reaccionado ante esta humillación, como ya desde hace mucho hubieran detonado los genes de Castro, Gómez, Pérez Jiménez o Carlos Andrés Pérez. Sin duda, de estar vivos, ya hubieran liderado aquí una acción contundente para revertir esta ignominiosa medida inconstitucional, discriminatoria e irracional.
Esta es otra manifestación clara de cómo un factor como lo han sido otros, en este caso el tecnológico, se usa para cometer la más atroz discriminación, desigualdad y perversión política, en contra del pueblo, que estoicamente aguanta y muerde el anzuelo.
O el Táchira seguirá siempre siendo víctima de sus propios hijos, como lo denunció el insigne educador Carlos Rangel Lamus, o el Táchira hace lo que el Táchira quiere, como lo afirmó Mons. Dr. Carlos Sánchez Espejo. Llegó la hora de escoger nuestro propio destino.