viernes, 1 de mayo de 2009

IMPRECACIONES DEL INFIERNO

* ISAAC VILLAMIZAR
Los medios de comunicación radioeléctricos tienen una alta responsabilidad en la formación de la ciudadanía. Así lo contempla el artículo 108 constitucional. Así también lo ratifica el artículo 1 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión. Es más, en este propósito hay una responsabilidad compartida que tienen, entre otros, los medios, los productores nacionales independientes y los usuarios, según esta misma norma. Uno de los objetivos generales de esta ley, que regula la difusión y recepción de mensajes radiofónicos, contempla promover el efectivo ejercicio y respeto de los derechos humanos, en particular, los que conciernen a la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación y al acceso a una información oportuna, veraz e imparcial. En virtud de ser una audiencia sensible, la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión procura la difusión de información dirigida a los niños y adolescentes, encaminada al desarrollo progresivo y pleno de su personalidad, el respeto a los derechos humanos, y a formar de manera adecuada conciencia social, de paz y tolerancia. Así expresamente lo postula el artículo 3 de este texto normativo.
Por otra parte, la Ley Resorte prohíbe que en horario Todo Usuario, hasta las 7 pm, y en Horario Supervisado, hasta las 11 pm, se divulguen mensajes y programas que contengan elementos de lenguaje que en su uso común tengan carácter soez y que constituyan imprecaciones, así como que aludan a manifestaciones escatológicas. El DRAE describe como soez aquello que es bajo, grosero, indigno y vil. El mismo diccionario agrega que imprecar es proferir palabras en que se expresan el vivo deseo de que alguien sufra un mal o daño. Agrega que escatológico es lo relativo a postrimerías de ultratumba o más allá de la muerte. En cuanto a la responsabilidad delictual, el Código Penal agrava la difamación e injuria cuando las ofensas al honor, reputación y decoro de una persona se cometen en un medio público.
En el principal canal televisivo del gobierno – menos mal que no es de todos los venezolanos – en programas de opinión, durante horarios todo usuario y supervisado, se profieren expresiones hirientes, ofensivas a la dignidad personal, a la condición humana. Teniendo frente a la pantalla a niños y adolescentes, se expresan términos groseros, deformantes de la adecuada formación ciudadana y del edificante crecimiento de la personalidad de los infantes. Es un lenguaje que llama al daño, al odio, a la muerte, a la quema en las más horribles pailas del infierno, al pecado más mortal del alma más escatológica de Lucifer. Es un habla que promueve la intolerancia a la disidencia y a la crítica de la acción oficial. Es un parloteo agraviante, difamante e injurioso, que no encuentra límite alguno a su espíritu del averno.
Entonces la pregunta es obvia: ¿De cuál cierre de medios televisivos se está hablando? ¿Por qué el Directorio de Responsabilidad Social y Conatel se hacen los sordos, ciegos y mudos ante tanto vómito irrefrenable? No está lejos el infierno. Lo tenemos en la pantalla encendida. Brotando de allí rayos y centellas. No en vano el ensayista y poeta peruano Manuel González Prada aseguró que “¡Corazones hay tan yertos! ¡Almas hay que hieden tanto! Para verme con los muertos, ya no voy al camposanto.” * Abogado y Locutor

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